INTRODUCCIÓN

 El Club Deportivo Básico Gredos San Diego (en adelante Club Deportivo GSD o el Club) constituido conforme a lo regulado en la ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, se encuentra inscrito en el Registro de Entidades Deportivas, identificado con el número de registro 20.

El Club Deportivo GSD tiene como objetivo potenciar el deporte en los colegios GSD y en su entorno, elaborando proyectos deportivos en diferentes ámbitos, siendo el eje principal el fomento de la educación y valores a través de la actividad física y el deporte.

Se promueve el deporte base desde el ámbito lúdico-recreativo, como medio para el conocimiento del entorno natural y para la mejora de la salud. Pero, también realiza una -apuesta decidida por el deporte de competición en diferentes disciplinas.

Todas las actividades que se desarrollan están programadas con el objetivo de educar en valores y de fomentar el interés de los alumnos por un ocio sano y creativo, que les ayude a desarrollar todas sus capacidades físicas e intelectuales, formándose como personas, enriqueciendo su educación según necesidades o preferencias.

La trasmisión de valores como la cooperación, el esfuerzo, la responsabilidad, el respeto, el orgullo de pertenencia y la tolerancia son claves de nuestro proyecto.

     

En la actualidad el Club Deportivo GSD está presente en múltiples disciplinas federadas distintas, y el devenir de las actividades extraescolares deportivas demanda una Normativa para facilitar la convivencia y el desarrollo de las existentes y de otras que en el futuro pudieran plantearse.

CONTEXTO Y FINALIDAD DEL DOCUMENTO

La presente Normativa tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Club Deportivo GSD, dentro del marco construido por la legislación deportiva vigente, y el ideario de GSD Educación. Por ello, cualquier recomendación, norma, sanción o actuación que pudiera provenir del Club, sólo tiene como finalidad contribuir al desarrollo integral del individuo, a través del deporte escogido.

NORMATIVA

  1. El Club Deportivo está constituido legalmente por una Junta Directiva, con representación en todos los centros GSD a través de los Coordinadores del Club Deportivo. La Junta Directiva delega en un Comité Intercentros, formado por estos mismos -los Coordinadores del Club Deportivo de cada colegio GSD-, el desarrollo y puesta en marcha del Club Deportivo GSD a través de las Actividades Deportiva Extraescolares.
  2. El Club Deportivo GSD trasmite los valores y principios reflejados en el proyecto educativo de los colegios GSD a través del deporte.
  3. Así mismo, se establecen unos objetivos deportivos, ideario del Club Deportivo GSD:
    1. Construir una estructura de Escuela de Promoción y formación de distintas secciones deportivas, proporcionando aprendizajes mediante el desarrollo de las capacidades físicas básicas. La diversión, la satisfacción personal y asentamiento de hábitos para una vida saludable el ocio y tiempo libre.
    2. Crear de forma paralela el Club de Competición para prestar atención a la detección de posibles talentos, desarrollándose en las distintas secciones, con la finalidad de alcanzar el éxito deportivo. Quedará a criterio de la Dirección General de GSD, el mantenimiento o no de determinadas secciones del Club, atendiendo a diversos criterios: expectativas previstas, sostenibilidad/viabilidad económica, beneficios sociales, etc.
    3. Establecernos en la máxima Categoría Deportiva a nivel Nacional de aquellas Secciones deportivas a criterio del Comité Intercentros: Atletismo, Gimnasia Trampolín y Natación.
    4. Estructurar una serie actividades complementarias, programas de ocio y recreación, para la mejora de la calidad de vida del individuo.
  4. Todos los alumnos integrantes del Club Deportivo estarán sometidos a la disciplina del Reglamento de Régimen Interno de los Colegios GSD (Capítulo 2, artículo 3 del RRI GSD). Aquellos aspectos no contemplados en el RRI GSD, ni en la presente Normativa, se abordarán en el seno del Club Deportivo, a través de su Comité Intercentros, resolviendo todas aquellas cuestiones en litigio.
  5. El Código de Conducta GSD es un compendio de los valores y principios éticos que han de guiar el desempeño diario de la labor de los cooperativistas, empleados, directivos y miembros de los órganos de gobierno de los titulares de los Colegios GSD. Los trabajadores estarán sometidos, además, al Convenio Colectivo correspondiente.
  6. Las familias de nuestros alumnos son una pieza fundamental en el Club Deportivo GSD por el apoyo y ánimo que muestran a todos los deportistas, propios y ajenos. Dada la relevancia que ejercen en el proceso de enseñanza-aprendizaje de sus hijos/as, mediante imitación de conductas, necesitamos que sean ejemplares en todos los aspectos. Por tanto, cualquier comportamiento de las familias en aquellos actos o competiciones en las que participe el Club contrario a los principios recogidos en la presente Normativa será motivo de actuación por parte de la Comisión Intercentros, pudiéndose adoptar las medidas indicadas en los puntos 20 y 21 de esta Normativa.
  7. Valores inherentes al deporte como:
    1. cooperación,
    2. respeto a todas las personas involucradas en la práctica deportiva (árbitros, entrenadores, jugadores, etc…)
    3. orgullo de pertenencia,
    4. comportamiento ejemplar dentro y fuera de los terrenos de juego,
    5. tolerancia,
    6. puntualidad,
    7. máxima asistencia a entrenamientos y encuentros,
    8. compromiso con el Club,
    9. esfuerzo en los entrenamientos, encuentros y partidos,

son adoptados y serán observados por los miembros del Club Deportivo GSD como forma de enriquecernos y formarnos. El desprecio o incumplimiento de la puesta en marcha por parte del deportista o sus familias respecto a estos valores tendrá las consecuencias recogidas en los puntos 20 y 21 de la presente Normativa.

  1. Todas las actividades del Club Deportivo llevan asociado un cargo en concepto de matrícula por inscripción en la actividad.
  2. El ALTA en una actividad del Club Deportivo se solicitará mediante la plataforma Alexia para un alumno del colegio GSD o mediante la cumplimentación de un formulario de Inscripción para alumnos externos. De forma presencial se realizará cumplimentando un formulario en papel.
  3. Cualquier baja o modificación deberá ser comunicada por escrito en Secretaría/Despacho del Club Deportivo con un mínimo de 10 días antes de la finalización del mes. En caso contrario, no se devolverá el importe del recibo que pudiera girarse.
  4. El Club Deportivo GSD tiene su propia uniformidad que los deportistas han de respetar y cumplir. Su uso es obligatorio para disputar competiciones bajo licencia GSD, en cualquier acto de representación del Club, en exhibiciones, y en entrenamientos.

La uniformidad básica común a todas las disciplinas de competición se compone de:

  • Abrigo del Club Deportivo GSD
  • Mochila/Bolsa GSD
  • Chándal GSD

Además, existe una uniformidad específica para cada una de las disciplinas del Club Deportivo, que se detallan en el Anexo adjunto a esta normativa, disponible en la tienda de cada colegio GSD.

En ningún caso se permite vestir equipaciones pertenecientes a otras entidades deportivas.

El incumplimiento de esta norma establecida en materia de vestimenta podrá suponer sanción o incluso negar la participación en las actividades.

  1. Los deportistas pertenecientes a deportes de equipo deben adquirir la ropa de competición en la tienda online habilitada para ello. Para el resto dependerá del deporte la forma de adquisición.
  2. La ropa de entrenamiento de cada deporte también deberá comprarse de forma online.
  3. Respecto a la personalización de equipaciones, no está permitido modificar cualquiera de los logos e imágenes representativas del Club Deportivo GSD, ya sea de competición o entrenamiento. En aquellos deportes en que la normativa respecto al nombre del participante en la ropa esté contemplada como obligatoria, se empleará la de la máxima autoridad deportiva a nivel nacional, de lo contrario la norma establecida será la de “inicial del nombre, seguida de punto (.) y primer apellido”. En cualquier caso, siempre previa autorización de la Dirección del Club Deportivo.
  4. Los patrocinios individuales deberán ser autorizados por la Dirección General GSD y la dirección del Club Deportivo GSD, y en ningún caso podrán ser iguales o superiores en lo que se refiere a estética (tamaño, color, formato, etc…) a las insignias GSD presentes en la uniformidad.

La disposición de los emblemas objeto de patrocinio en la ropa GSD será decidido por el Club Deportivo.

  1. El coste de la ficha/licencia de los deportistas federados o no, los reconocimientos médicos y pruebas específicas para la obtención de la misma, así como sus homologaciones para poder participar en cualquier categoría y nivel de competición, correrá a cargo de las familias.
  2. Los desplazamientos, viajes y estancias fuera del domicilio familiar habitual necesarios para poder participar en cualquier tipo de competición correrá a cargo de cada participante, siendo potestad de GSD y su Club Deportivo la subvención o patrocinio de alguno de ellos.
  3. Existe una política privada de premiaciones para deportistas de Alto Nivel, revisada en cada curso escolar/temporada (según corresponda), quedando a criterio interno de GSD su aplicación o no.
  4. Todos los puntos recogidos en esta Normativa podrán desarrollarse en profundidad mediante Anexos, tratando de completar y dotar de mayor contenido al Club Deportivo, Anexos que en cualquier caso serán de difusión y conocimiento de todos los participantes del Club.
  5. El incumplimiento de las normas del Centro, así como no estar al corriente de pago de las actividades, será motivo de baja en cualquier actividad del Club Deportivo, y deberá ser comunicada a la familia para su efectividad.
  6. El incumplimiento total o parcialmente de esta Normativa podrá suponer la “no convocatoria” /”no inscripción” en cualquier tipo de competición (oficial o no), así como verse comprometida su participación en exhibiciones, pudiendo llegar a ocasionar baja en la actividad, quedando todo ello a criterio de la dirección del Club Deportivo GSD, que, en su caso, deberá comunicar la decisión adoptada en ese sentido.